Ficha de norma
Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales
Ley marco del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Reconoce el derecho de acceso al sistema, ordena su organización y fija principios, competencias, prestaciones y garantías básicas.
Identificación
Qué regula
Ordena el Sistema Vasco de Servicios Sociales desde una lógica de derecho subjetivo, responsabilidad pública, proximidad, prevención, atención personalizada y coordinación con otros sistemas de bienestar.
Es la norma marco que da sentido a la cartera de prestaciones y servicios, al mapa de recursos, a la distribución competencial entre instituciones y a los derechos y deberes de las personas usuarias.
Texto oficial y lectura útil
Esta ficha resume la estructura de la ley y enlaza al texto vigente en Legegunea, que es la referencia oficial para consulta jurídica.
Derecho de acceso y principios del sistema
La ley configura el acceso a los servicios sociales como un derecho, define sus principios rectores y sitúa a la persona en el centro de la intervención.
Prestaciones, servicios y cartera
Establece el marco para ordenar prestaciones y servicios, que después se desarrollan reglamentariamente en la cartera del sistema.
Competencias y gobernanza institucional
Distribuye responsabilidades entre Gobierno Vasco, diputaciones forales y ayuntamientos, y regula instrumentos de coordinación, planificación e información compartida.
Derechos y deberes de las personas usuarias
Reconoce derechos de información, participación, confidencialidad, trato digno y calidad, junto con deberes vinculados al uso del sistema.
Histórico y desarrollo
-
Ley marco del sistema vasco
Aprobada el 5 de diciembre de 2008, es la norma de referencia para la arquitectura general de los servicios sociales en Euskadi.
-
Desarrollo reglamentario
Su desarrollo más directo en la práctica de servicios se produce a través del Decreto 185/2015 de cartera de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.